Observatorio de Financiamiento para el Desarrollo. Nota Técnica Nº 6, marzo – agosto 2024
ISSN digital: 2806-5603 y ISSN: 2806-559X
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intentó negociar con los bancos para que acercaran a la población rural sus
sucursales, pero no les pareció lucrativo. Todo ello llevó al gobierno federal a
crear su red de pequeñas sucursales.
El Banco del Bienestar opera millones de cuentas individuales en las que se
deposita su dinero a cada beneficiario de uno o varios de los programas sociales.
Estas cuentas individuales se operan por una tarjeta bancaria similar a la de todos
los bancos; de hecho es una tarjeta asociada a Master Card. Con. ella se puede
retirar el dinero en cualquier sucursal del Banco del Bienestar o, con cobro de
comisión, en cualquier sucursal o cajero automático de cualquier banco. Incluso
se puede comprar mercancías, en establecimientos que acepten tarjetas
bancarias, ya que funciona como cualquier tarjeta de débito y se puede consultar
saldos o movimientos por medio de una aplicación de internet.
5. La Ley Orgánica del Banco del Bienestar
Como decíamos anteriormente, el Banco del Bienestar es una transformación de
BANSEFI. Los siguientes artículos son los modificados o adicionados de la Ley
Orgánica del BANSEFI, Artículos 1; 2, fracciones I y III; 3, párrafos primero y
segundo; 4; 7, fracciones III, VII, X y XI; 8, fracciones II, XII y XIII; 8 Bis, primer y
tercer párrafos; 17, fracción I; 25, primer párrafo; 36, último párrafo, y se
adicionan las fracciones XII, XIII, XIV, XV y XVI al artículo 7; las fracciones XIV,
XV y XVI al artículo 8, y un artículo 25 Bis. Comentaremos sólo algunos cambios
que consideramos relevantes.
El artículo 1 sólo cambia el nombre y reafirma que se trata de una Sociedad
Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, con personalidad
jurídica y patrimonio propios. En el artículo 3 habla de su objetivo y el cambio es
enfatizar el carácter de banca social, ya que cuando habla del financiamiento
menciona que sea en “condiciones de equidad”, y con “perspectiva de género”. En
términos de su objeto se plantea lo siguiente:
El Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca
de Desarrollo, realizará funciones de banca social, para lo cual tendrá por
objeto promover y facilitar el ahorro, el acceso al financiamiento en
condiciones equitativas, la inclusión financiera, el uso y fomento de la
innovación tecnológica a fin de procurar mejores condiciones a los
integrantes del Sector, la perspectiva de género y la inversión entre los
integrantes del Sector, ofrecer instrumentos y servicios financieros de
primer y segundo piso entre los mismos, canalizar apoyos financieros y
técnicos necesarios para fomentar el uso de productos y servicios
financieros que atiendan las necesidades del Sector y que promuevan la
adopción de modelos de negocio y tecnologías financieras innovadoras
que impacten en el sano desarrollo del Sector y, en general, que la actividad
de la Institución contribuya al desarrollo económico a nivel nacional y
regional, proporcionar asistencia técnica y capacitación a los integrantes
del Sector, así como dispersar los recursos destinados a subsidios y
programas sujetos a reglas de operación de las dependencias y entidades.
(Diario Oficial de la Federación, 2019)
En el artículo 7 fracción VII habla de que pueden hacer acciones conjuntas de
financiamiento con otras instituciones, fondos de fomento, fideicomisos, con
organizaciones auxiliares de crédito y “con los sectores indígenas, social y
privado y con integrantes del sector. La fracción 11 que a la letra dice: “XI. Diseñar